AUTO DE FORMAL PRISION.
Si los datos que arroja la averiguación previa, no son bastantes para hacer probable la responsabilidad del quejoso en el delito que se le atribuye, por no existir en su perjuicio ningún elemento probatorio directo, sino sólo las suposiciones formuladas por el agente pasivo del delito, debe concederse el amparo, contra el auto de formal prisión dictado en contra del citado quejoso, por violarse en su perjuicio el artículo 19 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306738-df9a8160/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 255/44. Montes Juan. 9 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- FORMAL PRISION, AUTO DE. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis