DEPOSITARIO, ABUSO DE CONFIANZA DEL.
Si el quejoso quedó como depositario de los bienes embargados y dispuso de ellos, esto es motivo para presumir su responsabilidad por el delito de abuso de confianza, puesto que el depósito es un contrato que no transmite el dominio, sin que obste en contrario, que alegue que los bienes en depósito le fueron robados si no prueba este hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307125-747cdbce/depositario-abuso-de-confianza-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4336/43. Lodoza Ernesto. 22 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. la publicación no menciona el nombre del ponente.
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