FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
La Suprema Corte de Justicia ha establecido jurisprudencia en el sentido de que para la demostración del cuerpo del delito, debe hacerse total abstracción de la voluntad o del dolo, que se refieren sólo a la culpabilidad, pues por aquél debe entenderse el conjunto de elementos objetivos y externos que constituyen el dolo. Ahora bien, tratándose del delito de falsificación de documentos, debe estimarse que esos elementos objetivos quedan satisfechos, cuando el dictamen pericial pone de manifiesto que fue alterada la firma del aceptante en una letra de cambio, para hacer aparecer como tal, al girador de la misma, pues esta alteración debe estimarse sustancial, y habiéndose hecho en perjuicio de tercero después de firmado el documento, se llenan las condiciones que requiere la fracción II, del artículo 710 del Código Penal del Estado de Puebla, para la configuración del delito de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308642-b269c71d/falsificacion-de-documentos-comprobacion-del-cuerpo-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE. (s/clave)
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE. (s/clave)
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE. (s/clave)
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS PRIVADOS, CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS, CUERPO DEL DELITO.- (1303)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis