BIGAMIA, PRUEBA DE LA.
El concepto realista del derecho penal obliga a apartarse del rigorismo probatorio señalado por la ley civil, por lo que aun cuando no exista la copia certificada del acta del Registro Civil, para acreditar el doble matrimonio del acusado, si durante la instrumentación se recabaron: la confesión del reo, una nota de la sección administrativa, expedida por un Juez del estado civil, en que se asienta que bajo tal partida del libro de matrimonios, quedó inscrita el acta del verificado por el acusado contra otra persona; la boleta del pago del impuesto matrimonial y una nota de la parroquia respectiva, concerniente al matrimonio eclesiástico, entre el acusado y la persona a quien se refieren los documentos del Registro Civil, estas constancias incuestionablemente tienen eficacia completa para los efectos penales y para infundir la convicción de la dualidad matrimonial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308745-f101af80/bigamia-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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