LESIONES, LEGALIDAD DEL AUTO DE FORMAL PRISION POR DELITO DE.
Es legal el auto de formal prisión dictado en contra del presunto responsable del delito de lesiones, si tanto el ofendido como un testigo señalan a aquél como la persona que ocasionó directamente las respectivas lesiones, y aunque éste y dos testigos más manifiesten haber presenciado cuando el ofendido se causó las lesiones, por el estado de embriaguez en que se encontraba, motivo por el que cayó al suelo, momento en que se hirió; debe concluirse que tales atestados, en virtud de ser contradictorios con las otras pruebas, no pueden producir convicción en el juzgador, de la irresponsabilidad del presunto responsable, ya que es evidente que la valorización de las contradicciones que registran las pruebas, corresponde a la sentencia definitiva que dicte el Juez del proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308812-022cb662/lesiones-legalidad-del-auto-de-formal-prision-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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