LIBERTAD CAUCIONAL, REVOCACION DE LA, DE ACUERDO CON LAS LEYES LOCALES.
No importa violación de garantías la resolución de la autoridad judicial, que revoca la libertad caucional de que disfruta un encausado, si éste, antes de que su proceso esté concluido por sentencia ejecutoria, comete un nuevo delito, por el que se le motiva formal prisión, ya que no estando reglamentado por el Congreso de la Unión, el artículo 20 constitucional, deben considerarse vigentes las disposiciones respectivas de los Códigos de los Estados, que rigen la materia relativa a la libertad caucional; de manera que si se revoca fundándose en los preceptos de dichos Códigos, esto no implica violación de garantías constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308931-d641b768/libertad-caucional-revocacion-de-la-de-acuerdo-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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