PROCESOS, AUDIENCIA DE DERECHO EN LOS.
Es violatoria de garantías la sentencia que se dicte en un proceso penal, si al celebrarse el juicio oral no asistió el Ministerio Público, porque ello importa una violación a la Ley del Procedimiento que debe ser reparada por medio del juicio constitucional, porque esa audiencia constituye el juicio oral dentro de la causa, y la presencia del representante social en ella, es indispensable, toda vez que dicho funcionario puede, en ese mismo momento, modificar sus conclusiones en favor del acusado, y aun desistirse de la acción ejercitada, en vista de las pruebas que se aporten en la misma audiencia, así como de los resultados de la defensa, por lo que es procedente la protección federal, para el solo efecto de que se reponga el procedimiento, celebrándose la audiencia del juicio con asistencia del Ministerio Público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308990-d3ab81b6/procesos-audiencia-de-derecho-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROCESOS, AUDIENCIA EN LOS. SE VIOLAN LAS GARANTIAS INDIVIDUALES DEL ACUSADO, SI NO ASISTE A ELLA EL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO, FALTA DE ASISTENCIA DEL, A LA AUDIENCIA EN EL PROCESO. (s/clave)
- PROCESOS, LA ASISTENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO A LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ES PARTE ESENCIAL EN EL PROCEDIMIENTO, EN LOS. (s/clave)
- PROCESOS, AUDIENCIA EN LOS. (s/clave)
- PROCESOS, LA ASISTENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO A LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN ELLOS, ES PARTE ESENCIAL DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN LOS PROCESOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis