CICATRICES PERPETUAS EN LA CARA.
Conforme al artículo 14 constitucional, que expresa que no puede imponerse pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al caso, la sentencia de un Juez Penal que imponga sanción a un reo acusado de lesiones que dejen a la víctima una cicatriz deforme en la cara, basándose para ordenar, en un certificado médico, sin que el juzgado haya dado fe de que la lesión es deforme, da lugar a la concesión del amparo para el solo efecto de que se imponga la pena correspondiente al reo conforme a las particularidades del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309049-a4cf5046/cicatrices-perpetuas-en-la-cara · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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