COMPARECENCIA ANTE LAS AUTORIDADES, SUSPENSION IMPROCEDENTE.
Si un Juez del orden penal ordena la comparecencia de una persona para la práctica de una diligencia judicial, empleando, por razones de renuencia, el uso de la fuerza pública para hacerla comparecer, como el procedimiento judicial es de orden público y no puede paralizarse, es improcedente conceder la suspensión contra tal orden.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309113-c0886637/comparecencia-ante-las-autoridades-suspension-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 8783/40. Hernández Arcadio H. 1o. de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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