SALARIOS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE QUE SE HAGAN DESCUENTOS A LOS.
Si se solicita la suspensión contra la orden dictada por un Juez de lo Civil a la empresa quejosa, para que haga descuentos del sueldo mensual que disfruta un trabajador suyo, como es indudable que el cumplimiento de dicha orden traería el inminente perjuicio de doble pago, ya que de acuerdo con el artículo 95 de la Ley Federal del Trabajo, no se reconocen los descuentos hechos a los trabajadores, aun cuando provengan de órdenes judiciales, salvo el caso de excepción establecido por la jurisprudencia de la Suprema Corte, en materia de alimentos, debe concederse la suspensión, previo el requisito de fianza, para asegurar el perjuicio o daño que pueda resultar al tercero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309236-1507062c/salarios-suspension-contra-la-orden-de-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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