SALARIOS, SUSPENSION CON MOTIVO DE NOTIFICACION AL PATRONO, DE EMBARGO DE.
Si se reclama en amparo la resolución judicial que previene al patrono, que debe descontar determinadas mensualidades a un obrero, con motivo de un juicio seguido en su contra, es indudable que habiendo preceptos de orden público que tratan de proteger a los trabajadores, con objeto de que no les sean descontadas de sus sueldos, cantidades que respondan de obligaciones que hubieren contraído, si el patrono acata la disposición de la autoridad judicial, puede acarrearle un perjuicio de difícil reparación en sus intereses y la suspensión debe concedérsele, mediante fianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354443-1083441a/salarios-suspension-con-motivo-de-notificacion-al-patrono · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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