FIANZA, MONTO DE LA.
La tesis de que la fianza solamente responde a los daños y perjuicios que se ocasionen con la condena respectiva, sólo es aplicable cuando durante la tramitación del juicio del orden común, que dio origen al amparo, existen bienes asegurados bastantes para responder del importe de la condena respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309253-321c9b78/fianza-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal 348/40. Rodríguez Figueroa Guillermo y coagraviados. 24 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA, MONTO DE LA, CUANDO EXISTE ASEGURAMIENTO DE BIENES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis