RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DEL DELITO.
Si la acción de responsabilidad civil se hizo derivar de un hecho delictuoso y la averiguación respectiva terminó por falta de acusación del Ministerio Público, por no existir delito que perseguir, no es violatorio de garantías el fallo que absuelve al demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309541-61534807/responsabilidad-civil-proveniente-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7758/39. Ruelas Desiderio y coag. 14 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DEL DELITO. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (220)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis