FIANZA PARA LA SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.
El artículo 139 de la Ley de Amparo está comprendido en las disposiciones relativas a la suspensión en juicio de amparo promovido ante los Jueces de Distrito, y no se encuentra entre los casos que, conforme al artículo 173, deben aplicarse a los juicios de amparo directo, los artículos relativos a la suspensión en juicio de amparo en revisión; pero La Suprema Corte de Justicia, al interpretar al citado artículo 139, ha sustentado la tesis de que también es aplicable por analogía, para el efecto de computar el término dentro del cual debe otorgarse la garantía respectiva en juicios de amparo directo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309678-a6844dd2/fianza-para-la-suspension-en-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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