LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.
No es indispensable para que exista una agresión, que reúna los requisitos que exige la ley para que haya legítima defensa, que el agresor llegue hasta el momento de efectuar el primer disparo, sino que debe considerarse que existe una positiva agresión que reúna los requisitos de ser actual, violenta, sin derecho y de la cual resulta un peligro inminente, cuando sin que existan antecedentes de enemistad, y sin provocación por parte del agredido el agresor echa mano a su revólver, con el fin de disparar; pues en tal caso la vida del agredido se encuentra en inminente peligro, y la sentencia condenatoria pronunciada en tales condiciones es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310256-f9a3bf1a/legitima-defensa-exculpante-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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