ROBO EN CASA HABITADA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).
Tratándose del delito de robo cometido en edificio, vivienda, aposento o cuarto habitado o destinado para habitación, la legislación del Estado de Guerrero establece como sanción una simple calificativa del delito, en vez de establecer que existen dos delitos distintos: el de robo y el de allanamiento de morada, pero sin desconocer la gravedad de esta última infracción, ya que supone que el sujeto, al invadir el recinto o la habitación, lo hace por medio de la violencia o por procedimiento furtivo y en uno y otro casos, la consumación del atentado supone que el agente del delito no tiene libre acceso al local que invade; pero si lo tiene, el robo de calificarse como simple.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310563-56a0cea1/robo-en-casa-habitada-legislacion-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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