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Modo: Corpus Pro

REPARACION DEL DAÑO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 310923 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2818

El artículo 31 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, establece que la reparación del daño será fijada por los jueces, según el daño que sea preciso reparar, de acuerdo con las pruebas obtenidas en el proceso, y atendiendo, también, a la capacidad económica del obligado a pagarla; y si ninguna prueba se rinde sobre dicha capacidad económica, es arbitraria la condenación que se haga de la reparación del daño y procede conceder el amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310923-af1063b6/reparacion-del-dano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 3666/37. Alva Alcaraz Angel. 9 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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