INFORME JUSTIFICADO, MULTA POR LA FALTA DEL.
El artículo 149 de la Ley de Amparo, es terminante respecto a que la imposición de una multa, procede siempre que la autoridad responsable no rinda el informe justificado, sin hacer mención de que se haya o no, rendido el informe previo; pues éste no puede sustituir a aquél, dado que los fines a que ambos responden, son totalmente diferentes, ya que el previo tiende a fijar los elementos que deben tenerse en cuenta en relación con la procedencia o improcedencia de la suspensión, y el justificado, con la constitucionalidad o institucionalidad del acto reclamado; por lo cual, los aspectos y elementos de tales informes, son totalmente diferentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311139-83475136/informe-justificado-multa-por-la-falta-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INFORME CON JUSTIFICACION, MULTA POR FALTA DEL. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO, MULTA EN CASO DE FALTA DE. (s/clave)
- INFORME CON JUSTIFICACION, MULTA POR FALTA DEL. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO, NO PUEDE SERVIR COMO TAL, EL PREVIO. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO, MULTA POR OMISION DEL. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO, NO SE SUPLE CON EL INFORME PREVIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis