IDENTIFICACION DE LOS PROCESADOS.
La resolución que manda identificar a los procesados, como consecuencia de un auto de formal prisión, no les causa perjuicios, desde el momento en que se trata de un auto procesal que, por ser consecuencia de aquél, no puede ser violatorio de garantías, sino cuando lo fuere el auto de formal prisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311479-1eb1d7de/identificacion-de-los-procesados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6853/35. Sánchez Gutiérrez Vicente. 10 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- IDENTIFICACION DEL PROCESADO. (s/clave)
- IDENTIFICACION DEL ACUSADO. (s/clave)
- IDENTIFICACION ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. NO IMPORTA VIOLACION DE GARANTIAS. (VI.2o.24 P)
- IDENTIFICACION DEL ACUSADO. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION INCONSTITUCIONAL. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISIÓN INCONSTITUCIONAL.- (466)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis