PENAS, APLICACION DEL.
Si una ley penal establece que cuando entre la perpetración de un delito y la sentencia irrevocable que se pronuncie, se promulgaren una o más leyes que disminuyan la sanción establecida en la ley vigente al cometerse el delito, o sustituyan la pena con otra menor, se aplicará la nueva ley, siempre que lo pida el reo, y una ley penal posterior contiene disposición semejante, sin el requisito de la solicitud del reo, este requisito de la primera ley no es necesario, por tratarse de un mandamiento de orden público, establecido en beneficio de los acusados, que debe aplicarse, ya que hasta en la Constitución Federal existen preceptos que tienden a favorecer a los reos, como el consignado en la parte final de la fracción II del artículo 107, que autoriza a la Suprema Corte de Justicia a suplir la deficiencia de la queja, en los amparos de orden penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311905-3fec593d/penas-aplicacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PENAS, APLICACION DE LAS. (s/clave)
- PENAS, APLICACION DE LAS. (s/clave)
- APLICACION NUEVA LEY A DELITOS COMETIDOS BAJO REGIMEN LEY ANTERIOR. (s/clave)
- PENA. ATENUACION DE LA, POR UNA NUEVA LEY, A QUIEN CORRESPONDE APLICARLA. (VI.2o. 384 P)
- PENAS, REDUCCION DE LAS, POR LA APLICACION DE LEYES NUEVAS. (s/clave)
- PENA. ATENUACIÓN DE LA, POR UNA NUEVA LEY, A QUIÉN CORRESPONDE APLICARLA.- (5224)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis