SUSPENSION.
En la resolución que se dicte en el incidente de suspensión, no deben estudiarse motivos de improcedencia del amparo, como el de que el quejoso tiene recursos ordinarios que puedan hacer valer contra el acto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312028-175299ce/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2353/37. Compañía Explotadora de Petróleo "La Imperial" S. A. 14 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 2063. Revisión del incidente de suspensión. 3373/35. Juanola Manuel. 26 de octubre de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del asunto.
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION, LA EXISTENCIA DE RECURSOS ORDINARIOS CONTRA EL ACTO, NO HACE IMPROCEDENTE AQUELLA. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis