CAREOS, FALTA DE.
No existe violación de la garantía a que se refiere la fracción IV del artículo 20 constitucional, si de lo declarado por una persona en un proceso, no surge ningún punto de careo, y por ello no se verifica éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312268-5df4a821/careos-falta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2102/35. Sánchez Delfín Juan. 14 de agosto de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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