DEFICIENCIA DE LA QUEJA.
La Suprema Corte está facultada para suplir la deficiencia de la queja, en los amparos penales directos, de acuerdo con el artículo 93 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312384-ab5acaba/deficiencia-de-la-queja · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6362/33. Carballar Juan y coagraviado. 25 septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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