APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
Queda dentro de la facultad soberana de los tribunales, sin más taxativa que no infringir los principios reguladores de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312662-3c361d84/apreciacion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3420/33. Murillo Angel y coags. 7 de marzo 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no mencionan el nombre del ponente.
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