PARENTESCO COMPROBACION DE, PARA LOS EFECTOS DE LA LEY PENAL.
Si bien es cierto que en materia civil, es necesario el acta del registro civil, para acreditar el parentesco, en materia penal tal acta no es un requisito indispensable, ya que no se trata de deducir derechos y obligaciones emanados del parentesco, sino de castigar un hecho que se considera delictuoso, y por tanto, perjudicial a la sociedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312803-70711622/parentesco-comprobacion-de-para-los-efectos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1396/33. Pellissier Carlos. 24 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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