APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
La Suprema Corte ha reconocido que es facultad soberana de los tribunales, la apreciación de las pruebas y que la misma no da lugar al amparo, si no se han infringido las reglas tutelares de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313114-1f654f2c/apreciacion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 14083/32. Cattaneo Rossi viuda de Ortega Ana. 14 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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