APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
La apreciación de las pruebas, sólo pueden dar lugar al amparo, en los casos que especifica la jurisprudencia de la Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315440-955bcb90/apreciacion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXV, página 2400. Indice Alfabético. Amparo directo 2278/25. Sacamea J. Dolores. 23 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXV, página 161. Amparo penal directo 90/20. Candia Francisco. 17 de enero de 1929.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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