APRECIACION DE LA PRUEBA.
Los tribunales son soberanos para apreciar las pruebas siempre que no violen los principios que las regulan y las reglas tutelares de la lógica, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación no puede vulnerar esa soberanía, sino sólo en los casos en que existe esa violación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814092-33e1d8c2/apreciacion-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 828/49. Petriconde José. 20 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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