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Modo: Corpus Pro

GUARDIAS MARINOS, RESPONSABILIDAD DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 313435 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2538

De acuerdo con los artículos 466 y siguientes de la Ordenanza General de la Armada, los guardias marinos, considerados como alumnos en práctica, no pueden asumir responsabilidades por los actos que ejecuten; porque aun cuando estén habilitados por su comandante, para ejercer las funciones de oficiales, no pierden el carácter de últimos oficiales, ya que la habilitación solamente los honra y les da mayor autoridad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313435-8869c8b8/guardias-marinos-responsabilidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 309/32. Nieto Palacios Constantino. 11 de agosto de 1933. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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