AUTO DE FORMAL PRISION.
Si bien es cierto que el inciso 2o. del artículo 19 constitucional, establece que el proceso se seguirá por el delito o delitos señalados en el auto de formal prisión y que, si en el curso del procedimiento aparece que el reo ha cometido un delito diverso del perseguido, éste deberá ser objeto de acusación por separado, también lo es que la palabra "delito", en el citado precepto constitucional, no significa la clasificación jurídica que de los hechos atribuidos al procesado, hace la ley, sino el conjunto de actos que integran el hecho criminoso y que, por ser perjudiciales a la sociedad, son reprimidos y castigados por la autoridad pública. Así, por "delito diverso", debe entenderse, según la recta interpretación de la ley, un conjunto de actos que sean objetivamente diferentes de los que constituyen el primer hecho criminoso; por tanto, si se dicta el auto de formal prisión por lesiones y, a consecuencia de ellas, fallece el ofendido, la muerte del mismo, no constituye un delito distinto, puesto que los hechos que constituyen el acto criminoso son idénticos, y no es inconstitucional, por lo mismo, que se haya dictado el auto de formal prisión por lesiones y que el Ministerio Público y el Juez hayan considerado el acto como homicidio, porque el proceso fue iniciado y seguido por el mismo conjunto de actos que motivaron la iniciación del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313608-2c6a3c1e/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- HOMICIDIO RESULTANTE DE LESIONES, POR LAS CUALES SE DICTO EL AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- DELITO DIVERSO, QUE DEBE ENTENDERSE POR TAL. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- DELITO DIVERSO, QUÉ DEBE ENTENDERSE POR TAL.- (970)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis