LEYES PENALES, APLICACION DE LAS.
Si una nueva ley favorece al procesado, éste debe pedir, ante el Juez de la causa, si le conviene, la aplicación de esa ley, pero no invocarla ante el Juez de amparo para obtener la protección federal contra un auto de formal prisión, dictado de acuerdo con la ley vigente entonces, puesto que el Juez de amparo tiene que apreciar la constitucionalidad del acto, teniendo en cuenta las condiciones en que se ejecutó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314069-c28c0e59/leyes-penales-aplicacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4375/28. Alvarez José. 8 de mayo de 1931. Mayoría de tres votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. Excusa: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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