EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
Si bien es cierto que las ejecutorias dictadas en los juicios de amparo, deben cumplirse estrictamente, y aún más que ese cumplimiento es de orden público, también lo es este principio fundamental debe entenderse en términos hábiles, puesto que puede ocurrir que cuando se dicten, ya no exista materia para su ejecución, como sucede cuando se pronuncia una sentencia concediendo la protección federal contra un auto de formal prisión, ignorando la Corte que ya se ha dictado la sentencia definitiva en el proceso, lo cual hace cambiar la situación jurídica del detenido, y es una causa de sobreseimiento según jurisprudencia establecida por el Alto Tribunal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382369-a5c4dccc/ejecucion-de-sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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