PENA CAPITAL.
La Suprema Corte ha sostenido la jurisprudencia de que tratándose del delito de homicidio, no es necesaria la concurrencia de las tres calificativas, sino que basta una sola de ellas, para imponer la pena capital, conforme al texto auténtico del artículo 22 de la Constitución, que es el que debe aplicarse, sin tener en cuenta cualquier error que haya habido en la publicación de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314096-a131283b/pena-capital · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1199/30. Fuentes Francisco. 22 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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