RESPONSABILIDAD CIVIL.
De acuerdo con la legislación de Coahuila, el Juez ante quien se deduzca la acción civil, estimará, para sólo los efectos civiles, las pruebas sobre la existencia del delito y sobre la participación que en él hubiere tenido el demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314193-0ca54bb4/responsabilidad-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3212/29. Arias J. Refugio. 8 de enero de 1915. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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