AUDIENCIA EN EL AMPARO.
Si el Juez se niega a aplazarla, tal acto puede ser reclamado en queja, pero no en la revisión que contra la sentencia del Juez del Distrito se interponga y tal aplazamiento sólo puede concederse una vez.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314285-02c4cb3b/audiencia-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4195/27. José Sainz y Compañía, Liquidación Judicial. 18 de febrero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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