ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS, EN MATERIA PENAL.
El estado civil y las relaciones de parentesco, para los efectos penales, pueden demostrarse, no solamente por medio de actas del Registro Civil, sino también con otras pruebas de las admitidas por la ley, como lo ha establecido la Suprema Corte, en diversas ejecutorias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314704-d149ab2a/estado-civil-de-las-personas-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4339/26. Carrizales Tomás. 9 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osornio Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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