Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION DE OFICIO EN MATERIA PENAL

Clave: — · Registro digital (IUS): 314759 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 489

Las disposiciones del Código de Procedimientos Penales de Veracruz, que autorizan la revisión de oficio de las sentencias penales pronunciadas por los Jueces de primera instancia, deben entenderse hoy sin vigor, por ser contrariadas a lo mandado en el artículo 21 de la Constitución, que encomienda, de manera exclusiva, al Ministerio Público, el ejercicio de la acción penal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314759-ef855492/revision-de-oficio-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 2339/29. Abuali Alberto S. 28 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.