ACCION PENAL.
En la consignación no se ejercita propiamente la acción penal, sino la persecutoria, y en tal virtud antes de que se formulen conclusiones por el Ministerio Público, no se encuentra el proceso en estado de limitar de manera definitiva, la naturaleza y alcance de dicha acción penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314781-701b66b9/accion-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2568/29. Navarrete Germán. 12 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XXVIII, página 1982, tesis de rubro "ACCION PENAL.".
Tomo XXX, página 1402, tesis de rubro "ACCION PENAL.".
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