PROCEDIMIENTO. VIOLACIONES DEL.
Sólo pueden reclamarse en amparo, cuando, además de afectar a las partes substanciales del juicio, dejen sin defensa al quejoso, y el artículo 109 de la ley reglamentaria, enumera de modo limitativo, cuáles son las infracciones del procedimiento en materia penal, que dan lugar al juicio de garantías, y en la enumeración de ese precepto no está incluido el hecho de que el secretario del juzgado practique una diligencia, sin haber rendido la protesta del ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315522-cd048817/procedimiento-violaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1591/23. Espinosa Juan. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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