PERITOS.
La escasa capacidad de los peritos, no les quita el carácter de tales, ni invalida su dictamen, porque el valor probatorio de éste es de la exclusiva competencia de las autoridades sentenciadoras.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315541-a94013db/peritos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3475/28. Bañales Elías. 28 de febrero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Barba y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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