Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AGRARIO. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ES LA UNICA AUTORIDAD QUE PUEDE PRIVAR DE DERECHOS AGRARIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 315860 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 307

Según el artículo 173 del Código Agrario, la única autoridad capacitada para privar de sus derechos a un ejidatario, es el C. Presidente de la República, por lo que, en concordancia con lo establecido en el artículo 174 del Código de referencia, la suspensión de derechos, que no es más que una privación temporal de ellos, aplicada por otra dependencia, es violatoria de garantías.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315860-62946ce4/agrario-el-presidente-de-la-republica-es-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 5109/56. Carlos González de León. 7 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis