MULTAS, IMPOSICION DE.
Al no haber oído a la agraviada previamente a la imposición de una multa, la autoridad responsable violó en perjuicio de aquélla la garantía de audiencia que consagra el artículo 14 constitucional; lo que basta para conceder la protección solicitada, tanto respecto de la sanción de que se trata, como en cuanto a su ejecución y consecuencias legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315914-aa3154ee/multas-imposicion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1451/54. Banco General de Capitalización. 1o. de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
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