MILITARES, LEY APLICABLE PARA LAS PENSIONES A LOS.
Si un militar causa baja del activo con determinada fecha y en esa misma fecha, causa alta en situación de retiro, es indudable que la pensión que le corresponde debe acordarse de acuerdo con la ley vigente en la fecha de esa misma resolución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316100-d8591a14/militares-ley-aplicable-para-las-pensiones-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 2648/56. José A. Ruiz Chavero. 5 de diciembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
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