MILITARES, RETIROS Y PENSIONES A LOS.
Los problemas de retiros y pensiones deben resolverse conforme a su ley especifica, o sea de Retiros y Pensiones vigente y no es jurídico introducir, para la regulación de las pensiones correspondientes, normas de otros cuerpos de leyes y de otros decretos que vengan a exigir o por los cuales se pretenda exigir requisitos o condiciones diferentes a los previstos en la ley específicamente aplicable, cuando en esta última se contienen normas bastantes para resolver el problema que se plantea.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317332-edd36dca/militares-retiros-y-pensiones-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 320/53.Secretaría de la Defensa Nacional(Córdoba Vda. de Quiroz Plácida). 17 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
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