MADERERIAS AL MENUDEO.
No están obligados a llevar el libro de registro que el artículo 155 del Reglamento de la Ley Forestal exige a los patios de concentración del monte o lugares de almacenamiento o depósito; y la circunstancia de que los artículos 153, 154 y 155 de dicho Reglamento tiendan a que las autoridades forestales ejerciten un mejor control de los productos transportados a su destino no justifica que, si la ley señala en forma restrictiva a quienes tienen determinada obligación, se haga extensiva ésta a otras personas o negociaciones, pues el citado artículo 154 es de estricta aplicación y el Reglamento de que se trata estableció algunas distinciones por razones obvias y evidentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316341-513dc51d/madererias-al-menudeo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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