DIVIDENDOS. LAS SOCIEDADES PUEDEN RECLAMAR LA DEVOLUCION DE LO PAGADO DE MAS POR IMPUESTO.
Las sociedades no tienen interés jurídico para reclamar la devolución del impuesto de 8 % sobre dividendos, pagado por cuenta de sus socios, de manera indebida, ni para reclamar su inconstitucionalidad, pero sí pueden reclamar la devolución de lo pagado de más, por concepto de ese impuesto, por notorio error, caso en el cual sí resulta afectada la sociedad en sus intereses jurídicos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316700-7e041c3d/dividendos-las-sociedades-pueden-reclamar-la-devolucion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4682/53. Banco Mercantil de Veracruz, S. A. 27 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
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