EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO (POSESION).
Si en ejecución de una sentencia de amparo debe darse la posesión material de unos terrenos al quejoso, a fin de restituirlo en el goce de la garantía violada y que consistió, entre otras cosas, en el desposeimiento que sufrió de esos terrenos, esa entrega debe hacerse en términos legales, sin necesidad de desocupar a los ocupantes, pues éstos pueden perfectamente hacer los convenios y arreglos convenientes a fin de regularizar su situación, sin perjuicio, naturalmente, de que puedan ejercitar las acciones que les competen contra quien o quienes les dieron esa posesión a la propiedad misma, y que no fueron materia de la sentencia ejecutoria de cuyo cumplimiento se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316917-934cf244/ejecucion-de-sentencias-de-amparo-posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- POSESION, RESTITUCION DE LA, EN EJECUCION DE UN FALLO DE AMPARO. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIA DE AMPARO. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
- EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO EN INMUEBLE.- (182)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis