BEBIDAS ALCOHOLICAS, TRASLADO DE EXPENDIOS DE.
Aunque la autoridad administrativa está obligada a respetar la autorización o licencia de un expendio de bebidas alcohólicas, de acuerdo con la interpretación correcta del artículo 3o, del Reglamento de Bebidas Alcohólicas del Distrito Federal, no debe desconocerse que la propia autoridad tiene expendios los procedimientos legales debidos para lograr, con la concesión de un plazo adecuado, que se trasladen los establecimientos de la índole indicada, a lugares que no se encuentren en las cercanías de centros educativos y otros que por interés público reclamen dicho traslado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317310-44d366ee/bebidas-alcoholicas-traslado-de-expendios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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