HOTELES SIN LICENCIA (CLAUSURA).
Es de explorado derecho administrativo que los hoteles y establecimientos similares no deben funcionar previamente a la expedición de la licencia respectiva, única forma de que su apertura de actividades y prestación del servicio inherente resulte legal; y si de la misma demanda de amparo se desprende que el hotel del quejoso carecía de licencia de funcionamiento, no hay base para otorgar la protección constitucional si se impide el funcionamiento aludido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317374-d42e6577/hoteles-sin-licencia-clausura · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 384/54. Narváez González Ramiro. 4 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Octavio Mendoza González.
Jurisprudencia relacionada
- HOTELES SIN LICENCIA (CLAUSURA). (s/clave)
- HOTELES SIN LICENCIA (CLAUSURA). (s/clave)
- HOTELES, CLAUSURA DE. (s/clave)
- HOTELES Y CASAS DE HUESPEDES, CLAUSULA DE. (s/clave)
- HOTELES, REQUISITO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE. (s/clave)
- HOTELES, CLAUSURA DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis