AGRAVIOS INOPERANTES.
Lo son, como se ha establecido por jurisprudencia firme de la Suprema Corte aquellos que plantean cuestiones distintas de las que inicialmente se contienen en la litis del amparo y en el acto reclamado, tal como se dio a conocer al quejoso. Por lo cual invocar que el alcance de un decreto presidencial sea limitado cuando esto no se invocó al expedir la orden que constituye el acto reclamado, es contrario a la jurisprudencia indicada, sobre todo en vista de que en el informe justificado no planteó la responsable el problema que pretende suscitar en la expresión de agravios para la revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317527-a7e57df5/agravios-inoperantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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